Lurralde Plangintza, Etxebizitza eta Garraio Saila

Derecho de tanteo:

Una vez de que el inquilino haya recibido por parte del propietario la notificación con respecto a su intención de vender la vivienda, así como el precio y demás condiciones de la posible transacción, contará con un plazo de treinta días para comunicarle al dueño si desea optar a la compra.

Esta facultad que tiene el inquilino de poder optar de manera preferente a la compra de la vivienda durante el plazo de un mes, es lo que se conoce como derecho de tanteo.

La notificación efectuada por el propietario le compromete directamente, por lo que no la puede realizar a modo de sondeo o para conocer la posible actitud del inquilino ante una hipotética oportunidad de compra.

 

Fecha de la última modificación: 20/11/2008