Lurralde Plangintza, Etxebizitza eta Garraio Saila

Vivienda frustra un "pelotazo" de 120.000 euros en la venta de un piso de VPO en las torres de Garellano de Bilbao

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  • En los últimos meses el Departamento que dirige Iñaki Arriola ha ejercido el derecho de tanteo sobre cuatro viviendas protegidas que se querían vender con sobreprecios

El Departamento de Vivienda ha impedido la venta de un piso de protección oficial ubicado en una de las torres de Garellano de Bilbao con un cuantioso sobreprecio, al ejercer el derecho de tanteo en la transacción. Según la denuncia recibida por la Delegación de Vivienda de Bizkaia, el propietario pedía al comprador que le pagase en negro 120.000 euros por encima de la cantidad que figuraba en el contrato, 149.476 euros, que era la máxima autorizada para una vivienda de VPO, lo que suponía un pelotazo del 80% sobre el importe oficial.

El denunciante refirió que la persona que ejercía de intermediaria en la frustrada operación sugería a los compradores posibles fórmulas para evitar la prohibición legal de superar los precios máximos fijados en las viviendas calificadas de protección oficial. Una de ellas era pedir al entorno cercano el dinero que debía pagarse en negro, y otra “solicitar un préstamo personal en una entidad financiera diferente a la que conceda el préstamo hipotecario y firmar ambos préstamos el mismo día, para que no se crucen datos entre ellas”.

La Delegación de Vivienda de Bizkaia ha recibido varias denuncias sobre transacciones irregulares en viviendas protegidas de las torres de Garellano, uno de los entornos inmobiliarios  más demandados en Bilbao. En un segundo caso se consiguió abortar la transacción al advertir al abogado que representaba a compradores y vendedores que se ejercería el derecho de tanteo sobre la vivienda cuando el contrato de compraventa se pasara a visar a la Delegación. En este caso, el sobreprecio solicitado ascendía, según la persona denunciante, a 70.000 euros.

El tanteo y retracto es el derecho que tienen atribuido las administraciones públicas (artículo 65 de la Ley vasca de Vivienda) para adquirir preferentemente una vivienda protegida y sus anejos en la primera y sucesivas transmisiones pagando el precio acordado por el vendedor y el comprador, siempre que esté dentro de los parámetros de la VPO. Los pisos adquiridos por esta vía se incorporan al parque público de viviendas del Gobierno Vasco para el alquiler social.

Otros dos expedientes

No son estos las única situaciones en que se ha ejercido este derecho por parte del Departamento de Vivienda. En los últimos cinco meses se han tramitado otros dos expedientes. Uno de ellos, en la localidad vizcaína de Etxebarri y el otro en San Sebastián. En el primer caso, una persona interesada en adquirir la vivienda denunció que el propietario le exigía el abono de 41.000 euros por encima de la cantidad que figuraba como oficial. Es por ello que, cuando se presentó el contrato de compraventa con otro comprador, se decidió ejercer el derecho de adquisición preferente por el precio que figuraba en dicho documento, 65.451 euros. En la vivienda objeto de tanteo en San Sebastián el sobreprecio solicitado era de 60.000 euros y ha sido adquirida por 140.367 euros

El viceconsejero de Vivienda, Pedro Jauregui, ha manifestado la voluntad del Departamento de aplicar este instrumento legal cuantas veces sea necesario para evitar “que se especule con viviendas de protección oficial y con las necesidades de las personas”. “No está prohibido que un propietario venda por distintos motivos la VPO que le correspondió en su momento, pero no vamos a admitir”, ha añadido, “que el dinero público invertido en ese piso se utilice para obtener un beneficio particular desmesurado y de forma opaca”.  En este sentido, Pedro Jauregui ha señalado que el Departamento va a estar “muy vigilante” ante cualquier transacción sospechosa y ha animado a las personas que tengan conocimiento de esas prácticas fraudulentas a que las denuncien en las Delegaciones territoriales de Vivienda para que se pueda actuar en consecuencia.

El derecho de tanteo se ejerce en el momento en que se presenta el contrato de primera o sucesivas compraventas de la vivienda protegida a su visado obligatorio en las delegaciones de Vivienda, y cuando media una denuncia o sospecha de que el precio recogido no es el real. En el caso de que pudiera demostrarse la existencia de un sobreprecio, considerado una infracción muy grave por la Ley de Vivienda, puede aplicarse a los infractores una sanción que oscila entre los 20.000 y los 300.000 euros.